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Autonomía Universitaria y Designación de Rectores en Universidades Públicas de Colombia
CAPITULO 1 intenciones, lo que los torna un bloque sólido e invencible, al momento de dirimir poder en la
elección del Rector.
Es obvio que el proceso, visto desde esta perspectiva, aun no contando con el consenso de
los estudiantes, se ciñe a lo dispuesto por los estatutos y de esta manera puede entenderse
que el Consejo Superior no viola ninguna ley cuando hace su selección, dentro del marco
de procedimiento señalado para tal fin. Aun así, se debe tener en cuenta que la Autonomía
Universitaria es una figura proyectada al Estudiante y no a las autoridades de la Universidad
(entiéndase Consejo Superior) en el sentido de que éste puede decir, cuando lo desee, la
manifestación mayoritaria de los estudiantes, para atender las inclinaciones personales de sus
miembros.
A más del desengaño que sufren los estudiantes cuando observan que sus deseos manifiestos
son desconocidos por el Consejo Superior, se debe tener en cuenta que, en primer lugar, ese
tipo de decisiones quedan deslegitimadas en el verdadero sentido de la palabra, cuando se
desconoce la voz de la mayoría, tratándose de un proceso “democrático”. Pero el daño más
grave lo sufre el proceso de selección mismo, cuando se lo utiliza sesgadamente, para elegir
según la percepción de los miembros del Consejo Superior, sin tener en cuenta que, como se
dijo anteriormente, el objeto y sujeto de la Universidad, es decir, el estudiante, es poco menos
que desconocido y únicamente tenido en cuenta para simular una “consulta” que desde sus
inicios resulta inútil, es decir, signada al fracaso.
Si se concibe un proceso de elección democrática, el mismo debe fundamentarse en principios
democráticos; no se pretende que los estudiantes sienten una hegemonía en los organos de
dirección en la universidad, teniendo en cuenta que siempre serán mayoría. Lo que se busca es
un proceso de elección que equilibre a los distintos candidatos a ocupar el cargo, en un proceso
de igualdad de oportunidades y ventajas, que procure darle un mayor peso específico a la
participación del estamento estudiantil con candidatos competentes laboralmente, para que,
en primer lugar, el proceso de selección se ajuste a los principios constitucionales y legales que
le dieron vida y, en segundo lugar, para que los estudiantes sientan que realmente forman parte
de una comunidad democrática y no que son excluidos por consenso de quienes conforman
el Consejo Superior, que en definitiva serán siempre la minoría en relación con el número de
personas que conforman a la comunidad de la institución.
Las últimas experiencias en consultas realizadas entre estudiantes han sido negativas y los
resultados en el proceso de designación de rector, han sido la imposición de la voluntad de los
miembros del Consejo Superior. Voluntad en la que probablemente influyen factores ajenos a
la universidad misma, pero que tienen más poder de convicción para los miembros del Consejo
Superior que la manifiesta expresión democrática de los estudiantes.
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿Cuáles son las formas de restricción de la autonomía universitaria por parte de la ley en
materia de participación de estamentos para la designación de rector en las universidades
públicas de Colombia?
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